3.9.1. Definición de CRV

En nuestra tradición gramatical, el CC era un cajón de sastre donde se incluía todo aquello que no era CD, CI o cualquier otra función reconocible. Sin embargo, en 1968 Emilio Alarcos propuso este complemento cuyos límites con el CC pueden ser problemáticos. 

Desde un punto de vista semántico. el CRV es parecido al CD. Ambos son complementos necesarios que delimitan, restringen o completan lo expresado por el verbo. Se diferencian, en cambio, en que el CD no lleva preposición (salvo la excepción ya señalada) y el CRV siempre lleva una preposición. De hecho, será el propio verbo el que exija la preposición. P. ej. El verbo “confiar”, en su acepción de "tener confianza en alguien o algo", exige el uso de la preposición “en”: Confía en su inteligencia. El S. Prep. “en su inteligencia” será el C.R.V.

Por otra parte, que lleve preposición nos puede llevar a confundirlo con los CC.

El CRV se diferencia del CD en:

1. Siempre lleva preposición. Recordemos que el CD solo lleva preposición en los denominados CD de persona.

2. No se puede sustituir por los pronombres personales lo, la, los, las. Se puede sustituir por un pronombre tónico como él/ella o eso/ello. P. ej. Hablo de Juan / Hablo de él; Confío en sus posibilidades; confío en ello. 

3. A diferencia del CD, no permite la transformación a pasiva. P. ej., es incorrecta la oración *Juan es hablado por mí o *Sus posibilidades son confiadas por mí.

4. Hay verbos que se pueden usar tanto con CD como con CRV. P. ej. Hablo español (CD); Hablo en español (CRV). Cuando esto ocurre, se suelen apreciar diferencias semánticas en el uso de una u otra función. Otro ejemplo que copio del DPD: La novela ganadora trata el tema de los hogares de reeducación / La novela trata de este asunto desde muchos ángulos.